Conducir a alta velocidad durante un DUI hace más que agregar una multa de tránsito. Bajo el Código de Vehículos 23582, la velocidad excesiva más la conducción temeraria durante un DUI activa un aumento de pena de cárcel obligatorio y consecutivo. Soy Joel Brand, y aquí le explico exactamente qué requiere el estatuto y dónde puede impugnarse.
El texto de la ley
Código de Vehículos 23582. (a) Cualquier persona que conduzca un vehículo 30 o más millas por hora por encima del límite de velocidad máximo, prima facie, o señalizado en una autopista, o 20 o más millas por hora por encima del límite de velocidad máximo, prima facie, o señalizado en cualquier otra calle o carretera, y de una manera prohibida por la Sección 23103 durante la comisión de una violación de la Sección 23152 o 23153, además del castigo prescrito para esa persona tras la condena de una violación de la Sección 23152 o 23153, será castigada con un término adicional y consecutivo de 60 días en la cárcel del condado. (b) Si el tribunal concede la libertad condicional o suspende la ejecución de la sentencia, requerirá como condición de la libertad condicional o la suspensión que el acusado cumpla 60 días en la cárcel del condado, además de y consecutivo a cualquier otra sentencia prescrita por este capítulo.
Qué requiere el aumento de pena
Este no es un delito independiente; es una adición a una condena por DUI. Para que aplique, la fiscalía debe probar tres cosas juntas: una alta velocidad que califique (30+ mph por encima del límite en una autopista, o 20+ mph por encima en cualquier otro camino), conducir de manera temeraria prohibida por la Sección 23103, y todo ello durante la comisión de un DUI bajo la Sección 23152 o la 23153. Si falta cualquiera de esos elementos, el aumento de pena de 60 días no se adjunta.
La velocidad sola no basta
Este es el punto más importante. El estatuto requiere tanto la velocidad que califica como la conducción temeraria. Ir rápido, por sí mismo, no activa el 23582; la conducción también debe haber sido con desprecio deliberado o imprudente por la seguridad según lo define la ley de conducción temeraria. Ese requisito de dos partes es una apertura real de defensa, porque muchas paradas de DUI a alta velocidad no involucran realmente la conducta temeraria separada que el estatuto exige, y la fiscalía tiene que probar el elemento temerario de manera distinta.
Impugnar la medición de la velocidad
La velocidad misma tiene que probarse, y la evidencia de velocidad no es infalible. El radar y el lidar requieren una calibración adecuada y un operador entrenado, el seguimiento depende del propio velocímetro del oficial y la distancia de seguimiento, y en algunos lugares se requiere un estudio de tránsito e ingeniería vigente para hacer cumplir un límite señalizado. Si la medición es poco fiable o el umbral (20 o 30 mph por encima) no se cumple claramente, el aumento de pena falla incluso si el DUI se mantiene.
Por qué importa pelear el aumento de pena
Los 60 días son obligatorios y consecutivos, lo que significa que se acumulan por encima de lo que el DUI mismo conlleva, y la subdivisión (b) requiere que el tribunal los imponga incluso cuando se concede la libertad condicional. Eso hace del 23582 uno de los aumentos de pena que pueden convertir un DUI de primer delito manejable en tiempo real de custodia. Derrotar el aumento de pena, atacando la velocidad, el elemento temerario, o el DUI subyacente, puede ser la diferencia entre la libertad condicional y dos meses en la cárcel.
Cómo encaja en el panorama más grande
La sección 23582 es uno de varios aumentos de pena de DUI, junto con el factor de alto nivel de alcohol, el aumento de pena por pasajero menor, y el aumento de pena por negativa. Saber cuáles puede realmente probar el fiscal es central para entender su verdadera exposición, todo lo cual se mapea en la guía de penas de DUI de California.
Cómo funcionan los umbrales de velocidad en la práctica
El estatuto traza dos líneas claras: 30 o más millas por hora por encima del límite en una autopista, y 20 o más millas por hora por encima en cualquier otra calle o carretera. Esos números son precisos, y crean una defensa real donde la velocidad alegada está cerca del umbral. Si la fiscalía afirma que usted iba 19 mph por encima en una calle de superficie, o no puede establecer de manera fiable que cruzó la línea, el aumento de pena no aplica. El lenguaje "prima facie" y "señalizado" también importa, porque cuál era realmente el límite de velocidad legal en esa ubicación, y si se estableció debidamente, puede en sí mismo impugnarse.
Mitigación y negociación
Incluso donde los elementos están presentes, el aumento de pena no siempre es la última palabra. Como parte de negociar el DUI en su conjunto, el aumento de pena por velocidad a veces puede desestimarse o no perseguirse a cambio de una declaración sobre el cargo base, particularmente donde el elemento temerario es endeble o la evidencia de velocidad es débil. Como los 60 días son obligatorios una vez que se halla el aumento de pena, mantenerlo fuera del caso en primer lugar es mucho más valioso que discutir sobre él en la sentencia, y ahí es donde enfoco mi esfuerzo.
Cómo lo defiendo
Ataco cada elemento que el aumento de pena requiere: la fiabilidad de la medición de la velocidad, si la conducción verdaderamente cumplió el estándar temerario, y la fuerza del DUI subyacente mismo. Debilitar cualquiera de ellos elimina los 60 días obligatorios. Vea mis mejores defensas de DUI para ver cómo esto encaja en una defensa completa.
El elemento temerario es el verdadero campo de batalla
De los tres requisitos, el elemento de conducción temeraria es donde la mayoría de estos aumentos de pena realmente se ganan. La velocidad y un DUI pueden ambos establecerse, pero el estatuto toma prestado el estándar de desprecio deliberado o imprudente de la ley de conducción temeraria, y ese es un estándar exigente. Conducir rápido en tránsito ligero en un camino despejado, sin zigzaguear, ir pegado, u otra conducta peligrosa, puede no equivaler a la conducción temeraria que el aumento de pena requiere. Profundizo en exactamente cómo se describe la conducción en el informe y se muestra en cualquier video, porque un número alto en un radar no es lo mismo que la manera temeraria que el estatuto exige, y la fiscalía tiene que probar ambos.
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