Una de las situaciones más confusas después de una condena por conducción bajo la influencia del alcohol (DUI) en California es que se le ordene instalar un dispositivo de bloqueo del encendido cuando no es propietario de un vehículo. El requisito de dispositivo de bloqueo es real y vinculante legalmente, independientemente de si tiene un automóvil para instalarlo. Sin embargo, California tiene disposiciones específicas para las personas en esta situación, y comprenderlas claramente puede evitarle cometer un error costoso.

El Requisito No Desaparece Solo Porque No Tenga un Automóvil

Lo primero que debe entender es que el requisito del dispositivo de bloqueo está vinculado a su privilegio de conducción, no a la propiedad del vehículo. Cuando la DMV o un tribunal ordena que instale un dispositivo de bloqueo, esa orden significa que no puede conducir legalmente ningún vehículo sin uno. No importa si es propietario de un automóvil, toma uno prestado o usa el vehículo de un miembro de la familia. Si se pone detrás del volante de cualquier automóvil durante su período de restricción de dispositivo de bloqueo sin que uno esté instalado en ese vehículo específico, está violando las condiciones de su licencia.

Esto confunde a las personas. Alguien vende su automóvil después de un arresto por DUI, asume que el requisito del dispositivo de bloqueo ya no es relevante, y luego toma prestado el automóvil de un amigo algunos meses después sin pensarlo. Esa es una violación con consecuencias reales, incluyendo la suspensión de la licencia nuevamente y una posible violación de la libertad condicional.

Opción Uno: Instalar en un Vehículo al Que Tenga Acceso

El camino más directo es instalar el dispositivo de bloqueo en un vehículo que conduzca regularmente, incluso si no es propietario del mismo. El dispositivo de bloqueo no tiene que ir en un vehículo registrado a su nombre. Debe ir en cualquier vehículo que esté operando.

Si comparte un vehículo con un miembro de la familia, ese vehículo puede equiparse con el dispositivo de bloqueo. El miembro de la familia también tendrá que soplar en el dispositivo para iniciar el automóvil, lo cual es un inconveniente que vale la pena discutir con ellos antes de proceder. Cada persona que conduzca ese vehículo estará sujeta al mismo requisito de prueba de aliento, y cada prueba fallida se registra e informa a la DMV. Asegúrese de que quien comparta el vehículo entienda esto y que no esté usando ninguno de los productos que causan falsos positivos, los cuales se cubren en detalle en el artículo sobre falsos positivos del dispositivo de bloqueo en esta biblioteca.

Opción Dos: Solicitar una Exención del Dispositivo de Bloqueo Utilizando el Formulario DL-4062

Si genuinamente no es propietario de un vehículo y no tiene acceso regular a uno, puede calificar para una exención del dispositivo de bloqueo presentando la Solicitud de Exención de Dispositivo de Bloqueo del Encendido, que es el Formulario DL-4062 de la DMV de California. Esta es una declaración bajo juramento a la DMV certificando que cumple los requisitos de elegibilidad para la exención.

Para calificar, los tres requisitos siguientes deben ser verdaderos:

  • No es propietario de un vehículo
  • No tiene acceso a un vehículo en su lugar de residencia
  • Ya no tiene acceso al vehículo que estaba conduciendo en el momento de su arresto por DUI

La DMV interpreta estos requisitos estrictamente. Si hay un vehículo registrado a nombre de otra persona en su domicilio al que tenga acceso teórico, la DMV puede determinar que tiene acceso a un vehículo y negar la exención. La exención no está disponible simplemente porque poseer un automóvil es inconveniente o porque prefiere no lidiar con el dispositivo de bloqueo. Está destinada a personas que genuinamente no tienen un vehículo para instalar uno.

Debe enviar el formulario DL-4062 a la DMV dentro de 30 días desde la fecha de su aviso de suspensión o revocación. Perder esa ventana de tiempo puede costarle la capacidad de presentar la solicitud. Envíe el formulario completado por correo electrónico a DMVOPSIIDEXEMPTIONS@dmv.ca.gov. Conserve una copia de todo lo que envíe.

Qué Hace y Qué No Hace Realmente la Exención

Esta es la parte que confunde a la mayoría de las personas. Si la DMV aprueba su exención, se renuncia al requisito de instalación. Pero la restricción subyacente del dispositivo de bloqueo en su historial de conducción permanece vigente durante el período obligatorio completo. No está libre de conducir ningún vehículo sin un dispositivo de bloqueo durante ese tiempo. La exención significa que no se requiere instalar un dispositivo porque no tiene nada en lo que instalarlo. No significa que la restricción haya sido levantada.

En términos prácticos, esto significa que si luego obtiene acceso a un vehículo durante su período de exención, inmediatamente se le requiere instalar un dispositivo de bloqueo en ese vehículo y notificar a la DMV. La DMV es explícita sobre esto: si fue aprobado para una exención pero luego adquiere un automóvil, debe instalar un dispositivo de bloqueo, presentar el formulario de verificación DL-920 y pagar todas las tarifas aplicables antes de conducir. La exención no lo acompaña indefinidamente una vez que sus circunstancias cambian.

Qué Significa la Exención para la Reinstatement de la Licencia

Incluso con una exención aprobada, aún debe completar todos los demás requisitos de reinstatement antes de que su licencia sea completamente restaurada. Eso significa cumplir el período de suspensión completo, completar su programa de educación sobre DUI, presentar un SR-22 y pagar la tarifa de reemisión. La exención solo renuncia al paso de instalación del dispositivo de bloqueo. Todo lo demás aún se aplica.

Opción Tres: La Excepción del Vehículo del Empleador

Si no es propietario de un automóvil pero su trabajo requiere que conduzca un vehículo de la empresa, hay una disposición separada que puede permitirle conducir ese vehículo de propiedad del empleador sin que un dispositivo de bloqueo esté instalado en el mismo. Esto se llama la excepción del vehículo del empleador.

Para usar esta excepción, debe hacer dos cosas. Primero, complete el formulario de Aviso a Empleadores sobre Restricción de Dispositivo de Bloqueo, que es el Formulario DL-923 de la DMV de California. Segundo, asegúrese de que una copia de ese formulario completado se mantenga en el vehículo del empleador en todo momento mientras lo está conduciendo. El formulario notifica a su empleador que su licencia lleva una restricción de dispositivo de bloqueo. Su empleador debe estar consciente de la restricción, lo que significa que no puede usar esta excepción sin decírselo.

Hay límites estrictos en esta excepción. No puede usarla para conducir a destinos personales. Se aplica solo mientras está conduciendo dentro del alcance de su empleo. Y críticamente, si se le ha otorgado una exención DL-4062 porque no tiene un vehículo, tampoco es elegible para la excepción del vehículo del empleador. Las dos disposiciones son separadas y no pueden combinarse.

El SR-22 para No Propietarios: Qué Es y Cuándo Lo Necesita

Incluso si no es propietario de un vehículo, California aún requiere que presente un SR-22 como parte de la reinstatement de su privilegio de conducción después de un DUI. Esto crea un problema si no tiene un vehículo y, por lo tanto, no tiene una póliza de seguro de automóvil para adjuntar un SR-22.

La solución es un SR-22 para no propietarios. Esta es una póliza de seguro de responsabilidad civil diseñada específicamente para conductores con licencia que no son propietarios de un vehículo pero que pueden ocasionalmente conducir el automóvil de otra persona. Proporciona la cobertura mínima de responsabilidad civil requerida y permite que su asegurador presente el certificado SR-22 con la DMV en su nombre.

Un SR-22 para no propietarios generalmente cuesta menos que una póliza estándar porque proporciona una cobertura más limitada. No cubre el vehículo que está conduciendo, solo la responsabilidad que crea como conductor. El seguro propio del propietario del vehículo sería principal en caso de un accidente. Pero para propósitos de cumplir con el requisito SR-22 de la DMV, una póliza para no propietarios funciona exactamente de la misma manera.

Para obtener un SR-22 para no propietarios, póngase en contacto con una compañía de seguros que escriba pólizas para no propietarios en California y dígales que necesita una presentación de SR-22 con la DMV. No todos los aseguradores ofrecen pólizas para no propietarios, así que es posible que deba comparar. El SR-22 debe permanecer en archivo continuamente durante tres años desde la fecha de reinstatement. Un lapso de incluso un día desencadena notificación a la DMV y una nueva suspensión.

No Espere para Resolver Esto

Tanto el requisito del dispositivo de bloqueo como el SR-22 tienen plazos adjuntos que comienzan desde la fecha de su aviso de suspensión. Si está en una situación donde no tiene un vehículo y no está seguro de qué se aplica a usted, llame a la Unidad de Acciones Obligatorias de la DMV al (916) 657-6525 y explique su situación. Ellos pueden decirle específicamente qué formularios necesita y cuáles son sus plazos.

Si un tribunal ha ordenado separadamente el dispositivo de bloqueo como condición de la libertad condicional, también puede necesitar abordar esa orden directamente con el tribunal. El proceso de exención de la DMV cubre el requisito del dispositivo de bloqueo ordenado por la DMV. Un requisito del dispositivo de bloqueo ordenado separadamente por el tribunal es un asunto diferente y requiere que su abogado lo aborde con el juez.

Conclusión

No ser propietario de un automóvil no elimina el requisito del dispositivo de bloqueo, pero sí abre caminos específicos que le permiten manejarlo sin instalar un dispositivo en un vehículo que no tiene. La exención DL-4062, la excepción del vehículo del empleador y el SR-22 para no propietarios cada uno sirven un propósito diferente y se aplican en circunstancias diferentes. Comprenda qué situación se aplica a la suya, cumpla sus plazos y conserve documentación de todo. Si no está seguro de cómo estas disposiciones interactúan en su caso específico, hable con su abogado antes de asumir nada.

Citas

  1. California Vehicle Code § 23575 (requisitos del dispositivo de bloqueo en general).
  2. California Vehicle Code § 23575.3 (programa piloto estatal del dispositivo de bloqueo).
  3. California Vehicle Code § 23247 (actos ilegales relacionados con dispositivo de bloqueo).
  4. California DMV Form DL-4062 (Solicitud de Exención de Dispositivo de Bloqueo).
  5. California DMV Form DL-923 (Aviso al Empleador de Restricción de Dispositivo de Bloqueo).
  6. California DMV Form DL-920 (Verificación de Instalación de Dispositivo de Bloqueo).
  7. California Vehicle Code § 13386 (presentación de responsabilidad financiera SR-22).