Si usted tiene un certificado de aviador de la FAA y ha sido arrestado por conducir bajo la influencia del alcohol en California, se enfrenta a tres procedimientos separados simultáneamente: el caso penal de California, la acción de la DMV de California y la FAA. La FAA opera bajo sus propias normas federales completamente independientes de lo que decidan los tribunales de California o la DMV, y tiene su propia autoridad para suspender, revocar o negar su certificado de aviador y su certificado médico. Las consecuencias de cometer un error en el lado de la FAA son graves y pueden ser permanentes. Esta guía explica qué requiere la FAA, los plazos críticos involucrados, cómo se ve afectada su certificación médica, y qué debe hacer para proteger sus privilegios de vuelo.

Por qué la FAA se Involucra en un DUI de California

La autoridad de la FAA sobre los pilotos se extiende más allá de la cabina. Bajo 14 CFR § 61.15, cualquier acción de vehículo de motor relacionada con alcohol o drogas es un evento reportable a la FAA independientemente de si tuvo algo que ver con la aviación. Un arrestó o condena por DUI que ocurre completamente en tierra, en su vehículo personal, sin conexión alguna con ninguna aeronave, sigue desencadenando obligaciones de reporte a la FAA y puede afectar tanto su certificado de aviador como su certificado médico.

La preocupación de la FAA es sencilla: el abuso de alcohol en tierra es un predictor significativo del riesgo relacionado con alcohol en el aire. Los estudios han documentado una tasa de accidentes aumentada entre pilotos con antecedentes de DUI. La FAA toma esta correlación en serio, y sus regulaciones están diseñadas para garantizar que la conducta en tierra relacionada con alcohol sea reportada y evaluada como parte de la evaluación continua de la aptitud de un piloto para volar.

Las Dos Obligaciones de Reporte: Plazos Críticos

Una de las trampas más peligrosas para los pilotos que enfrentan un DUI es no entender que hay dos obligaciones de reporte separadas a la FAA, cada una con su propio plazo y sus propias consecuencias por incumplimiento. El no cumplir con cualquiera de ellas puede resultar en suspensión o revocación del certificado independientemente del DUI subyacente.

El Reporte de Acción de Vehículo de Motor de 60 Días

Bajo 14 CFR § 61.15(e), cada tenedor de un certificado de la Parte 61 está obligado a enviar una carta de notificación escrita a la Oficina de Seguridad y Materiales Peligrosos de la FAA, División de Investigaciones Regulatorias, dentro de 60 días calendario de cualquier acción de vehículo de motor relacionada con alcohol o drogas. La dirección de correo de la FAA para estos reportes es:

FAA Security and Hazardous Materials Safety Office Regulatory Investigations Division (AMC-700) PO Box 25810 Oklahoma City, OK 73125

La definición de una acción de vehículo de motor bajo 14 CFR § 61.15(c) es más amplia de lo que la mayoría de los pilotos entienden. Incluye una condena por cualquier infracción relacionada con operar un vehículo de motor bajo la influencia de o afectado por alcohol o drogas, así como la cancelación, suspensión o revocación de una licencia de conducir basada en el uso de alcohol o drogas. Esto significa que dos eventos separados de un único arrestó por DUI de California pueden cada uno desencadenar independientemente obligaciones de reporte: la suspensión administrativa de su licencia de conducir de California por la DMV es un evento reportable, y una condena posterior por DUI en tribunal penal es un segundo evento separado y reportable, cada uno con su propio plazo de 60 días que corre desde la fecha efectiva de esa acción.

Muchos pilotos pierden esto y envían solo una carta. La FAA específicamente espera una carta para cada evento. Si su licencia fue suspendida por la DMV a través del proceso de APS y posteriormente fue condenado en tribunal penal, puede necesitar presentar dos reportes escritos separados, cada uno dentro de 60 días del evento relevante.

La carta de notificación debe incluir su nombre completo, fecha de nacimiento, número de certificado de aviador, la fecha de la acción de vehículo de motor, la naturaleza de la acción, la jurisdicción donde ocurrió, y cualquier número de caso o citación. Es un autorreporte escrito, no un formulario. Prepárelo cuidadosamente y envíelo por correo certificado para que tenga un registro de entrega oportuna.

La Divulgación de Solicitud de Certificado Médico

La segunda obligación de reporte opera en una línea de tiempo diferente. El Formulario 8500-8 de la FAA, la aplicación MedXPress para un certificado médico de aviador, le pregunta en el artículo 18(v) si tiene algún antecedente de acciones de vehículo de motor relacionadas con alcohol o drogas. Esta divulgación debe realizarse en su próxima solicitud de certificado médico independientemente de cuándo ocurrió el DUI. No hay límite de tiempo en cuán atrás la pregunta llega. Un DUI de hace diez años debe ser divulgado en su próxima solicitud médica tal como uno de hace un mes debe serlo.

La FAA hace referencias cruzadas del Registro Nacional de Conductores, una base de datos federal que rastrea suspensiones de licencias y acciones relacionadas con DUI, contra las solicitudes de certificado médico. Si su solicitud médica no refleja su historial del NDR, la FAA detectará la discrepancia. Las consecuencias de una solicitud médica falsa o incompleta son más graves que el DUI subyacente mismo, potencialmente incluyendo cargos criminales por falsificar un documento federal.

El Problema del Rechazo

Si rechazó una prueba química en el momento de su arrestó, la situación es más grave en el contexto de la FAA. La FAA trata un rechazo a someterse a una prueba de aire espirado o sangre como equivalente a un DUI para propósitos de reporte y evaluación. La DMV de California suspenderá su licencia por un año por un rechazo de primera ofensa, y esa suspensión de licencia es independientemente reportable a la FAA como una acción de vehículo de motor dentro de 60 días. Enfrentará el mismo escrutinio en el proceso de certificación médica como un piloto que registró un BAC confirmado, y en algunos aspectos el rechazo puede complicar la evaluación de la FAA porque deja el nivel real de afectación desconocido.

Cómo la FAA Evalúa un DUI

Una vez que la FAA recibe su carta de notificación, su equipo legal evalúa si se justifica acción de cumplimiento contra su certificado de aviador. La evaluación de la FAA está guiada por varios factores.

Un único DUI de primera ofensa con un BAC inferior al 0.15 por ciento, sin accidente ni lesiones, sin patrón de incidentes anteriores relacionados con alcohol, y reporte rápido y completo típicamente no es tratado como base para acción de certificado por el equipo legal. La FAA reconoce en su propia guía publicada que un evento único puede ser relativamente directo si la dependencia del alcohol subyacente está ausente.

Un BAC del 0.15 por ciento o superior desencadena una evaluación más intensiva incluso en una primera ofensa, típicamente incluyendo un requisito para una evaluación de abuso de sustancias por un clínico calificado.

Dos acciones de vehículo de motor relacionadas con alcohol dentro de un período de tres años es una bandera roja significativa bajo la política de la FAA. La FAA trata este patrón como evidencia potencial de dependencia del alcohol y requerirá una evaluación completa por un psicólogo o psiquiatra entrenado en adicción antes de que cualquier certificado médico sea emitido o renovado.

Tres o más eventos relacionados con alcohol en toda una vida es tratado por la FAA como evidencia probable de dependencia del alcohol. En ese umbral, debe anticipar que no estará volando hasta que la FAA esté satisfecha de que se encuentra en recuperación a largo plazo estable y documentada, y aun así, años de monitoreo continuo es típico.

El Certificado Médico: Una Pista Separada

Su certificado de aviador y su certificado médico son dos documentos separados, y un DUI puede afectar cada uno de ellos de manera diferente y en líneas de tiempo diferentes.

Se requiere un certificado médico de tercera clase para privilegios de piloto privado. Cuando solicita o renueva, su Examinador Médico de Aviación revisará su historial divulgado. Si tiene un DUI en su antecedente, el AME puede aplazar su solicitud a la División de Certificación Médica Aeroespacial de la FAA en lugar de emitir el certificado de inmediato. Un aplazamiento no es una negación. Significa que la FAA desea ver documentación adicional antes de tomar una determinación. Los aplazamientos pueden tomar dos meses o más para resolverse.

La documentación adicional que la FAA típicamente solicita en casos de DUI incluye copias certificadas de todos los registros de tribunales, reportes de policía, su récord de conducir de la DMV de California, y una declaración personal describiendo las circunstancias que rodearon el arrestó. Si su BAC era del 0.15 por ciento o superior, o si hay otros factores preocupantes, la FAA también requerirá una evaluación de abuso de sustancias de un clínico entrenado en medicina de adicción y familiarizado con los estándares de la FAA. La evaluación debe abordar si usted cumple los criterios diagnósticos para abuso o dependencia del alcohol e incluir una opinión clínica sobre su aptitud para volar.

Si no se encuentra dependencia subyacente y la documentación respalda un evento único aislado, el certificado médico a menudo puede ser emitido con una autorización de expedición especial o mediante procesamiento normal una vez que la revisión de la FAA esté completa. Si se encuentra dependencia o es sospechada, el piloto no recibirá un certificado médico hasta demostrar un período de sobriedad y cumplimiento, típicamente al menos dos años, junto con monitoreo continuo.

La Alternativa BasicMed para Pilotos Privados

Los pilotos privados que no están obligados a poseer un certificado médico pueden ser capaces de ejercer sus privilegios de vuelo bajo BasicMed, un marco alternativo autorizado por 14 CFR § 61.113(i). BasicMed permite a pilotos elegibles volar ciertos aeronaves sin poseer un certificado médico de la FAA, en lugar usando un examen físico reciente conducido por cualquier médico licenciado por el estado combinado con un curso en línea de una sola vez. BasicMed generalmente está disponible para pilotos que han tenido un certificado médico válido en cualquier momento después del 14 de julio de 2006, y que no están actualmente siendo negado un certificado médico por la FAA.

Si su solicitud de certificado médico ha sido negada o aplazada por la FAA debido a preocupaciones de alcohol relacionadas con DUI, puede que califique o no para BasicMed dependiendo de la naturaleza específica de la negación. Una negación basada en un hallazgo de dependencia del alcohol es una condición descalificadora bajo BasicMed también. Si no ha sido emitida una negación formal y su certificado médico simplemente ha vencido, BasicMed puede estar disponible para usted mientras la FAA procesa su documentación.

Esta es un área matizada y los hechos específicos de su situación determinan si BasicMed es una opción. Un abogado de aviación puede evaluar su elegibilidad y asesorarle sobre si esta vía alternativa preserva su capacidad de volar mientras la revisión de la FAA sigue su curso.

No Minimice u Omita Información a la FAA

El enfoque de la FAA a casos de DUI es fundamentalmente sobre evaluar si un piloto tiene un problema con el alcohol y si se puede confiar en que ejerzan un juicio sólido en la cabina. La agencia responde mucho mejor a la divulgación completa y franca acompañada de evidencia concreta de responsabilidad que a divulgaciones incompletas o minimización.

Los pilotos que intentan minimizar el BAC, caracterizar el arrestó como un malentendido, u omitir información de sus reportes o solicitudes médicas consistentemente reciben peores resultados que aquellos que divulgan completamente y acompañan esa divulgación con evidencia de lo que han hecho desde entonces. La declaración personal que envíe a la FAA debe describir las circunstancias honestamente y luego enfocarse en los pasos que ha tomado, inscripción en un programa de DUI, asistencia a AA, cualquier evaluación o consejería, y su relación actual con el alcohol.

Cómo el Caso Penal Afecta la FAA

El resultado de su caso penal de California tiene efectos indirectos pero reales en el procedimiento de la FAA. Una condena es una acción de vehículo de motor reportable. Una reducción a conducta temeraria imprudente mojada bajo Vehicle Code § 23103.5 también es una acción de vehículo de motor reportable bajo definiciones de la FAA porque sigue siendo una condena relacionada con conducción afectada. Una desestimación antes de la condena no es una acción de vehículo de motor en el mismo sentido, aunque el arrestó subyacente y cualquier suspensión de licencia administrativa siguen siendo eventos reportables.

Una defensa penal sólida que evita una condena, o que resulta en una reducción con un BAC más bajo en el registro, le da un punto de partida mejor en la evaluación de la FAA. Por esta razón, su abogado de DUI debe entender las implicaciones de la FAA de cada decisión de confesión en el caso penal.

Qué Hacer Ahora Mismo

Si usted tiene un certificado de aviador de la FAA y ha sido arrestado por un DUI en California, el tiempo es crítico y la secuencia de acciones importa.

Envíe su carta de notificación de 60 días a la FAA en Oklahoma City para cada acción de vehículo de motor reportable. No pierda este plazo. Si su licencia de California fue suspendida administrativamente por la DMV y también es posteriormente condenado en tribunal, envíe una carta separada para cada evento dentro de 60 días de cada uno. Envíe por correo certificado y guarde el recibo.

Retenga un abogado de DUI que comprenda la dimensión de la FAA de su caso. Un abogado familiarizado solo con derecho penal de California puede no saber cómo el resultado de la confesión, el BAC en el registro, o la disposición específica afecta su certificación médica. Si es necesario, retenga consejería de aviación separada además de su abogado de defensa penal.

Póngase en contacto con AOPA Pilot Protection Services si es miembro de AOPA. AOPA mantiene una red de abogados de aviación experimentados en cumplimiento de la FAA y asuntos de certificación médica y puede ayudarle a preparar su carta de notificación y su estrategia de documentación médica.

Comience a construir su registro de mitigación. Inscripción voluntaria en un programa de DUI, asistencia a reuniones de AA con un registro, y cualquier evaluación de abuso de sustancias que complete voluntariamente se convierten en parte de la documentación que presenta a la FAA. Cuanto más proactiva sea su respuesta, más fuerte será su demostración de que el DUI fue un incidente aislado en lugar de evidencia de un problema más profundo.

No solicite una renovación del certificado médico hasta que tenga su documentación en orden y haya recibido orientación sobre cómo completar el artículo 18(v) de la aplicación MedXPress de manera precisa y completa.

Conclusión

Un DUI crea problemas reales para los privilegios de vuelo de un piloto privado, pero el camino a través de él es navegable si usted entiende qué se requiere y actúa rápidamente. El plazo de reporte de 60 días a la FAA es inflexible. La divulgación de certificación médica es completa y permanente. Y la evaluación de la FAA está formada por todo si usted divulgó completamente y demostró a través de documentación que el DUI fue un evento aislado en lugar de evidencia de una relación continua con el alcohol que presenta un riesgo en la cabina. Pierda el plazo de reporte u omita información de su solicitud médica y ha convertido un problema manejable en uno potencialmente que termina la carrera.

Citas

  1. 14 CFR § 61.15 (acciones de vehículo de motor relacionadas con alcohol y drogas, requisitos de reporte).
  2. 14 CFR § 61.15(c) (definición de acción de vehículo de motor).
  3. 14 CFR § 61.15(e) (requisito de reporte escrito de 60 días a la Oficina de Seguridad y Materiales Peligrosos de la FAA).
  4. 14 CFR Parte 67 (estándares médicos de aviador, abuso de sustancias y dependencia como condiciones descalificadoras).
  5. 14 CFR § 91.17 (prohibición de volar dentro de 8 horas del consumo de alcohol o con BAC del 0.04% o superior).
  6. 14 CFR § 61.113(i) (autorización BasicMed para pilotos privados).
  7. California Vehicle Code § 23152 (delitos de DUI).
  8. Formulario 8500-8 de la FAA, Artículo 18(v) (aplicación de certificado médico MedXPress, divulgación de alcohol y drogas).