Algunas personas que son puestas en custodia después de un encuentro por DUI y luego liberadas reciben un documento de la agencia de detención que dice que su arresto debe ser tratado como una detención solamente. Este papel, llamado un Certificado de Detención, crea confusión real sobre qué significa legalmente, si aún se pueden presentar cargos criminales, y qué pasos tomar para proteger su registro. Este artículo responde esas preguntas claramente.

La Diferencia Entre una Detención y un Arresto

En la ley de California, una detención y un arresto son eventos legalmente distintos con consecuencias significativamente diferentes.

Una detención es una parada temporal por parte de las autoridades encargadas de hacer cumplir la ley basada en sospecha razonable de que algo puede estar mal. No es una toma formal de custodia. No se considera que haya sido arrestado, y en la mayoría de los contextos no se requiere que divulgue una detención cuando se le pregunta si ha sido arrestado.

Un arresto es una toma formal de custodia basada en causa probable de que cometió un delito. Un arresto crea un registro que aparece en su historial penal, comúnmente llamado hoja RAP, mantenido por el Departamento de Justicia de California. Ese registro puede aparecer en verificaciones de antecedentes, afectar oportunidades de empleo, y llevar un estigma de culpabilidad implícita incluso cuando nunca se presentan cargos.

El marco legal que rige el límite entre estos dos eventos en el contexto de no presentación de cargos se encuentra en la Sección 849, 849.5 y 851.6 del Código Penal de California.

Qué es el Certificado de Detención

Conforme a la Sección 849(b)(1) del Código Penal, cuando una persona es arrestada y puesta en custodia pero luego es liberada porque el oficial está satisfecho de que no hay fundamentos para presentar una querella criminal, el arresto se considera una detención en lugar de un arresto formal. Conforme a la Sección 851.6 del Código Penal, la agencia de detención está obligada a emitir a la persona un certificado que confirme que el incidente fue una detención solamente y no un arresto.

Ese documento es el Certificado de Detención. Es el reconocimiento oficial de la agencia de aplicación de la ley de que fue puesto en custodia pero que el asunto no alcanzó el nivel de un arresto formal que requiera enjuiciamiento penal. Importantemente, conforme a la Sección 849.5 del Código Penal, cuando no se presentan cargos, el arresto debe ser actualizado en los registros del Departamento de Justicia para reflejar detención solamente, y el arresto debe ser eliminado de los registros de la agencia de detención.

En términos simples, si todo funciona como debe, un Certificado de Detención significa que el incidente no debe aparecer en su historial penal como un arresto. Puede responder honestamente no cuando se le pregunta si ha sido arrestado, al menos con respecto a ese incidente.

¿Recibir un Certificado de Detención Significa que No se Pueden Presentar Cargos?

Esta es la pregunta que la mayoría de las personas hacen primero, y la respuesta es matizada: recibir un Certificado de Detención no significa automáticamente que no se puedan presentar cargos.

El Certificado de Detención se emite en el momento de la liberación, lo cual puede ser antes de que la Fiscalía haya tomado ninguna decisión de presentación de cargos. Si la agencia de detención lo libera y trata el incidente como una detención, esa es su determinación basada en lo que vieron en ese momento. La Fiscalía revisa de forma independiente el caso y toma su propia decisión de presentación de cargos. En algunas situaciones, particularmente aquellas que involucran muestras de sangre cuyos resultados aún no están disponibles, la Fiscalía puede aún recibir el informe del caso y elegir presentar cargos dentro del plazo de prescripción incluso después de que un Certificado de Detención haya sido emitido.

Dicho esto, la emisión de un Certificado de Detención es una señal significativa. Refleja la conclusión de la agencia de detención de que los fundamentos para un arresto formal no estaban firmemente establecidos. En la práctica, los casos en los que se emite un Certificado de Detención son menos propensos a resultar en cargos que los arrestos por DUI estándar, pero no son inmunes al enjuiciamiento.

La variable crítica es el tiempo y la evidencia. Si se sometió a una extracción de sangre y los resultados aún no han regresado, el Certificado de Detención puede haber sido emitido antes de que la agencia tuviera la imagen completa. Una vez que los resultados de sangre regresen mostrando una concentración de alcohol en sangre (BAC) en o por encima del límite legal, la Fiscalía todavía tiene la capacidad de presentar cargos dentro del plazo de prescripción aplicable, que es un año desde la fecha del incidente para un delito de DUI.

Por Qué las Autoridades Encargadas de Hacer Cumplir la Ley No Siempre Cumplen la Ley en Esto

El caso Schmidt v. CHP decidido por el Segundo Tribunal de Apelaciones de California en 2016 expuso una falla sistémica. John Schmidt fue arrestado por la Patrulla de Caminos de California por DUI en el Condado de Santa Bárbara. La Fiscalía rechazó presentar cargos. La Patrulla de Caminos no emitió a Schmidt un Certificado de Detención como se requería conforme a la Sección 851.6 del Código Penal, y no actualizó su registro del Departamento de Justicia para reflejar detención solamente en lugar de arresto. Schmidt descubrió el problema cuando miró su propio historial penal y vio un arresto en su registro por un incidente que nunca resultó en ningún cargo.

Schmidt presentó una demanda colectiva contra la Patrulla de Caminos de California. El tribunal dictaminó que la Patrulla de Caminos de California estaba obligada a emitir el certificado y actualizar los registros del Departamento de Justicia, y otorgó honorarios de abogado. El dictamen confirmó que las agencias encargadas de hacer cumplir la ley están legalmente obligadas a cumplir con las Secciones 849.5 y 851.6 del Código Penal, pero el caso en sí demostró que muchas agencias rutinariamente no cumplen sin ser instadas a hacerlo.

Esto significa que incluso si recibió un Certificado de Detención, vale la pena verificar que su registro del Departamento de Justicia realmente refleje detención solamente en lugar de arresto. Y si fue liberado sin recibir ningún Certificado de Detención en una situación donde no se presentaron cargos, puede tener derecho a uno que nunca fue emitido.

Cómo Verificar Su Registro del Departamento de Justicia y Corregirlo Si es Necesario

La forma más directa de verificar su historial penal de California es solicitar una copia de su propio registro a través del sistema APPS del Departamento de Justicia, que significa Servicios de Procesamiento de Solicitantes, o mediante una presentación de huella dactilar Live Scan. El Departamento de Justicia cobra una tarifa por una revisión de registro personal.

Si su registro muestra un arresto por un incidente por el cual recibió un Certificado de Detención o donde no se presentaron cargos, tiene opciones.

Comuníquese directamente con la agencia de detención. Llame a la agencia de aplicación de la ley que lo arrestó y pida que actualicen su registro del Departamento de Justicia para reflejar detención solamente conforme a la Sección 849.5 del Código Penal. Presente o cite su Certificado de Detención. Algunas agencias harán esto rápidamente. Otras necesitarán ser presionadas.

Solicite un Certificado de Detención si nunca recibió uno. Si no se presentaron cargos pero nunca le dieron un certificado, comuníquese con la agencia de detención y solicite uno conforme a la Sección 851.6 del Código Penal. Tener ese documento en mano fortalece su capacidad de hacer que el registro sea corregido.

Presente una petición para sellar el registro de arresto. Si el arresto ocurrió en o después del 1 de enero de 2018, y no se presentaron cargos o fueron desestimados, puede ser elegible para presentar una petición para sellar el registro de arresto conforme a la Sección 851.91 del Código Penal. Un registro de arresto sellado se considera que no ha ocurrido conforme a la ley de California, lo cual es una forma más fuerte de alivio que un Certificado de Detención. Sellar requiere una petición ante el tribunal, y su abogado puede presentarla en su nombre.

Presente una petición por inocencia de hecho. En casos donde puede demostrar que el arresto fue fácticamente injustificado, una petición por inocencia de hecho conforme a la Sección 851.8 del Código Penal es el remedio más fuerte disponible. Si se otorga, requiere la destrucción del registro de arresto completamente en lugar de simplemente anotarlo como una detención. Este es un estándar más alto para cumplir pero produce el mejor resultado para su registro.

Qué Hacer Con la Parte del DMV del Caso

Recibir un Certificado de Detención no afecta el proceso de Responsabilidad Administrativa Per Se del DMV. La suspensión del DMV se desencadena por el arresto en sí, y el Certificado de Detención emitido a nivel de derecho penal no lo deshace. Si no solicitó una audiencia del DMV dentro de 10 días del incidente, su privilegio de conducir puede haber sido suspendido administrativamente ya, independientemente del resultado del caso penal.

Si los cargos penales finalmente no se presentan o son desestimados y usted cree que la suspensión del DMV fue impuesta incorrectamente, su abogado puede explorar si existen fundamentos para impugnar la suspensión APS por separado a través del proceso del DMV.

El Resultado Práctico Final

Un Certificado de Detención es un documento significativo que puede proteger su registro si los cargos nunca se presentan y si las autoridades encargadas de hacer cumplir la ley actualizan apropiadamente los registros del Departamento de Justicia como se requiere. Pero no es una garantía de que los cargos no vendrán, particularmente si los resultados de sangre aún están pendientes. Y no lo protege en la parte del DMV de su caso.

Si recibió un Certificado de Detención después de un encuentro relacionado con DUI, los pasos inteligentes son monitorear si se presentan cargos durante la ventana del plazo de prescripción, verificar que su registro del Departamento de Justicia refleje detención solamente en lugar de arresto, y abordar cualquier acción del DMV por separado. Si el registro no refleja con precisión lo que sucedió, tiene herramientas legales disponibles para corregirlo.

Citas

  1. Sección 849(b)(1) del Código Penal de California (liberación de custodia y detención considerada).
  2. Sección 849.5 del Código Penal de California (arresto considerado detención cuando no se presentan cargos, actualización de registro del Departamento de Justicia requerida).
  3. Sección 851.6 del Código Penal de California (certificado de detención requerido de la agencia de detención).
  4. Sección 851.91 del Código Penal de California (petición para sellar registro de arresto).
  5. Sección 851.8 del Código Penal de California (petición por inocencia de hecho).
  6. Sección 802(a) del Código Penal de California (plazo de prescripción de un año para faltas).
  7. Schmidt v. California Highway Patrol, 2 Cal.App.5th 1287 (2016).